Marta
del Castillo, la sangre llama a la sangre.
Amparados por la Constitución Española en su
artículo 24.2, los ciudadanos españoles encontramos el derecho a no declarar
contra nosotros mismos, a no confesarnos culpables y lo que es aún más
importante, a la presunción de inocencia.
La resolución del caso Marta del Castillo ciega el
panorama social y judicial de nuestro país y pone más que nunca en suspenso a
jueces y tribunales que se ven engullidos en una ingente crítica social que
elabora juicios paralelos a la justicia ordinaria y que olvida lo que es el
derecho a la presunción de inocencia de la que todos debemos gozar y que
significa que corresponde a la acusación probar sin ningún tipo de duda
razonable y con todas las garantías que establece un proceso judicial, que se
es culpable. Si no se puede probar, el Tribunal correspondiente tiene el deber
de absolver.
La polémica sentencia establece 20 años de prisión
para el asesino confeso por el homicidio y absuelve al resto de imputados,
entre ellos “El Cuco” quien ya había sido condenado por el Tribunal de menores
por delito de encubrimiento. Las reacciones a todo esto no se hicieron esperar
y la ciudadanía se ha mostrado indignada pidiendo una justicia que condenase a
todos los imputados en el caso. Incluso en los típicos programas de la llamada “telebasura”
presentadores y colaboradores enarbolan discursos contra la justicia de nuestro
país y la falta de la misma, llegando a afirmar que desde la resolución de la
sentencia muchísimos españoles dejaron de creer en nuestros jueces. La
encuestas que circulan por periódicos y paginas varias de internet con la
pregunta de si consideran justa la sentencia arrojan resultados negativos a
esta y así la influencia mediática comienza a afectar a la opinión pública.
Pero debemos preguntarnos ¿se han leído la sentencia antes de opinar o
valorar?, desafortunadamente no y los juicios paralelos con sentencias
populares preceden a la lectura y
reflexión de la misma. En este caso, los medios han amplificado morbosa e
impúdicamente la objetividad del caso y aquí la sangre llama a la sangre porque
en absoluto importa probar la identidad de los culpables con total certeza.
Esta misma presión mediática afecta del mismo modo a
los Tribunales y si observamos la sentencia vemos como en ella se desarrolla un
enorme desarrollo de exposiciones donde se detalla de forma concisa cada punto
y se hace referencia a numerosísimas referencias jurisprudenciales, lo que la
convierte en un texto de una impecable corrección jurídica, pero eso no parece
importar a nadie.
Los elementos acusatorios que podrían implicar a los
absueltos, incluido el Cuco, al que no se juzgaba se reducen a las confesiones
que hicieron los implicados que en su mayoría eran contradictorias y bastante
incoherentes. Pero lo más importante, es que eran totalmente incompatibles con
las pruebas objetivas, los restos de ADN que se encontraron en la casa en la
cual Marta fue asesinada y todas las llamadas de móviles que podrían permitir
localizar el lugar donde se encontraba cada uno de ellos en las diferentes
franjas horarias.
Al no probarse que la chica fuera violada, el
Tribunal entiende de hecho que no lo fue. Del mismo modo, no queda probado que
fuera asesinada por estrangulamiento sino por un golpe fuerte en la sien y este
hecho imputable provenía del condenado que lo confesó en varias veces. Aún
esto, los medios de comunicación se encargaron de soltar carnaza y difundir en
todo momento la muerte por estrangulación que según el culpable confesó por
presión policial, algo poco creíble, pero que hizo las delicias de la prensa.
Por supuesto que nos resulta imposible determinar la participación en el crimen
o no del resto de imputados, pero incluso con los datos de que disponemos,
llamadas a móviles y ausencias de ADNs que los incriminen, se puede elucubrar
sobre su culpabilidad. De hecho, la
sentencia establece que al menos hubo una tercera persona implicada en la
desaparición del cadáver. Esto nos induciría a pensar, influidos por los medios
en gran medida a que estos imputados son culpables y puede que con motivos
lógicos pero no probatorios porque la cuestión no es que tengamos pálpitos o
intuiciones de culpabilidad, aquí lo que importa es si se pueden o no probar
las acusaciones, y en este caso no se ha podido.
Si se hubiera podido disponer del análisis forense
del cuerpo de Marta, todo habría sido distinto, pero el despreciable del
asesino una y otra vez a jugado a la confusión en cuanto al lugar exacto donde
lo dejó. Incluso puede que sea cierto que lo arrojase al Guadalquivir y no
hayan podido localizarlo los numerosos rastreos. Y una vez más, a los
ciudadanos se nos pasa por la cabeza el hecho de haber torturado a Carcaño para
tener una confesión del lugar exacto, pero esto no habría hecho sino que abrir
la caja de Pandora. Por tristeza, se encuentra ya muy abierta en lo referente a
la Justicia, que ya muchos confunden con la venganza.
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